Pie de foto: Retrato de Carlos Gómez Blázquez A.F.M. publicado en el libro que le dedicaron sus amigos en 1988.
Sólo somos conscientes de la ausencia de algunos derechos en determinados momentos vitales. Por eso es difícil que se abran hueco en el debate público, más si estos ponen en cuestión creencias morales o religiosas. Tal ha sido el caso del derecho a la muerte digna que ha tardado casi 40 años en abrir plenamente la puerta del ordenamiento jurídico de nuestro país. Cada avance en esta lucha, ha venido precedido de un escándalo mediático, de denuncias en el juzgado y de mucho sufrimiento personal que llenó la prensa de nombres propios (entre otros Ramón Sampedro, Luis Montes, Jorge León, Inmaculada Echevarría, Ángel Hernández, María José Carrasco…), en torno a los cuales se ha podido tejer el debate sobre el derecho que tiente toda persona a tener una muerte digna. El camino ha sido complejo porque se ha tenido que desbrozar para que se reconocieran los derechos del paciente a ser informado de su propia enfermedad, a tener que dar el consentimiento informado antes de ser tratado, a rechazar un tratamiento, al alivio del sufrimiento, a los cuidados paliativos, a la sedación paliativa, para finalmente reconocer el derecho a la eutanasia en determinados supuestos.
Aunque el debate ya se inició en España en los años veinte del pasado siglo, estuvo restringido a foros especializados de juristas, teólogos y médicos, con un marcado cariz teórico y escaso impacto en la vida de las personas. No fue hasta la década de los ochenta cuando empezó a ocupar un espacio en la opinión pública española. Y si hubiera que poner una fecha, esta sería el 27 de marzo de 1984, cuando Fernando García Tola por primera vez introdujo el tema en las casas de los españoles al entrevistar al torrelaveguense Carlos Gómez Blázquez en el programa “Si yo fuera presidente” de la 1ª cadena de RTVE.
Desgraciadamente, la entrevista no está disponible en las redes, pero su testimonio quedó recogido en el libro que sus amigos publicaron tras su muerte y que nos acompañará a lo largo de este documento[1]. En él se recogieron los argumentos y las dificultades que en aquel momento tenía la defensa de la eutanasia. La primera fue el uso problemático del término eutanasia que el movimiento eugenésico (que pretendía la selección biológica de la población en función de lo que le conviniera o no a la sociedad, al Estado o a la nación) había realizado desde finales del siglo XIX y que llegó a su culmen en la Alemania Nazi. Según Pablo Simón Lorda, de la Escuela Andaluza de Salud: “Hoy sabemos, tras la experiencia nazi, que tales prácticas no fueron “eutanasias” por más que se utilizara ese nombre, sino abominables asesinatos selectivos o genocidios sistemáticos, completamente inaceptables ética y jurídicamente”. Pero en la España de la transición todavía se utilizaba como argumento para oponerse a la eutanasia, obviando que la esencia de la eutanasia es la libre voluntad del enfermo.
“Me da miedo cuando se mezcla la palabra eutanasia con la palabra asesinato. La palabra debe seguir significando “buena muerte”, y hay que borrarla de la carga ideológica adquirida por razones históricas. No implica malicia en la acción, sino compasión y respeto”. (P.78)
Tras la segunda Guerra Mundial se produce un gran avance médico y tecnológico que produce un doble efecto, por un lado, aumenta la supervivencia de personas que sufren enfermedades graves y por otro, es capaz de mantener de forma artificial la vida de los enfermos terminales sin valorar el tipo de vida que llevarán tras el tratamiento. En este periodo la prioridad absoluta de un médico era mantener con vida al enfermo, cualquier otro planteamiento se podía considerar como un auxilio al suicidio, lo que estaba castigado por el código penal de 1848, vigente hasta la reforma del Código Penal de 1995. La iglesia ha sido una de las instituciones que más se han opuesto al avance de la muerte digna. Especialmente la española que durante el franquismo propugnaba una moral que ensalzaba el dolor y el sufrimiento incluso desoyendo la voz del Papa Pío XII, que en 1957 ya avaló la práctica de la sedación paliativa. Recordemos que el propio Francisco Franco fue víctima de lo que denominaba “encarnizamiento terapéutico”.
“Normalmente la última palabra la debe tener el enfermo. Tengo la impresión de que al enfermo se le ha tratado como a un niño: no se le dan explicaciones, “porque no está preparado”. Ni lo está, ni lo estará jamás, si no se cuenta con él. Habrá que explicarle cuál es su proceso, su tratamiento, que consecuencias se derivan…
En la misma clase médica se genera una resistencia enorme para admitir lo de la muerte digna, creo que planteada primero por actitudes religiosas y segundo por miedo a responsabilidades legales” (P. 77-78)
A Carlos le fue diagnosticado una Leucemia en 1976, sin embargo él no fue informado. Como era habitual en aquel momento quedaba bajo la responsabilidad de los familiares la decisión de comunicárselo o no.
“Al principio, ni los médicos, ni mi mujer quisieron decirme que padecía leucemia. Con el tiempo, empecé a sospechar que padecía una enfermedad importante, hasta que un día se lo pregunté a mi mujer y ésta me lo reveló. No lo digo como acusación sino como dato: A mí se me dio un informe firmado falso, para no decirme lo que tenía, quizás por un motivo de compasión.” (P.80)
“El hecho de poder tener un fin largo me hizo plantearme lo que pueden ser las unidades de cuidados intensivos. Me aterra el sentirme indefenso en manos de personas cualificadas y competentes, con muchísimos medios que la técnica les ha dado. Yo quería morir siendo Carlos Gómez Blázquez, no un chisme que se mantiene artificialmente, vegetalizado; no digo que tenga que ser así, pero que sí puede ser así”. (P:77)
Esto le llevó a buscar información sobre la enfermedad y sobre la muerte digna. El 11 de noviembre de 1983 salió publicada en El País una carta de Miguel Ángel Lerma mostrando su interés por crear en España una “Asociación Derecho a Morir Dignamente”.
“Cuando yo estaba con esta preocupación, leídas una serie de cosas, de repente apareció en “El País”, en noviembre, una carta de Miguel Ángel Lerma, a quien después he tenido la fortuna de conocer. Planteaba una serie de ideas, acordes con mi pensamiento, de cara a la creación de una asociación, en España, que luchase por esos fines. Me puse en contacto con él y otras personas, se comenzó a madurar una asociación -al estilo de las de otros países— con el objetivo de defender los derechos de los enfermos en un abanico muy amplio: desde el derecho a la información sobre su diagnóstico, hasta el de una muerte digna y el decidir la propia muerte”. (P.81)
Con la creación de la Asociación se quería incidir en la opinión pública sobre el derecho a la muerte dentro de la legalidad y con respeto hacia las opiniones contrarias de personas o instituciones, ya que: “La manera de morir es una opción que a nadie obliga; pero tampoco nadie puede impedir la disponibilidad para elegir sus últimos derechos”. El 14 de mayo de 1984 se celebró la asamblea fundacional de la de Asociación Española por el Derecho a Morir Dignamente (AEDMD), en la que Miguel Ángel Lerma salió elegido presidente y Carlos Gómez Blázquez fue nombrado portavoz. Se fijaron como fines promover el derecho de toda persona a disponer con libertad de su cuerpo y de su vida, y a elegir libre y legalmente el momento y los medios para finalizarla; así como defender, de modo especial, el derecho de los enfermos terminales e irreversibles a morir sin sufrimientos, si este fuera su deseo expreso.
En el mes de septiembre se celebró congreso internacional sobre el derecho a morir con dignidad en la ciudad de Niza, la asociación española fue admitida. Sin embargo, tuvo que esperar algunos meses para que el Ministerio del Interior la inscribiera en el registro de asociaciones. En un primer momento le negó el registro porque contravenía el Código de Deontología Médica al incitar al suicidio. El 8 de diciembre el Gobierno socialista recibe un varapalo en la editorial de El País por la decisión y al tiempo que unas páginas más adelante publica el anuncio del recurso de la Asociación Derecho a Morir Dignamente ante la Audiencia Nacional. Una semana más tarde el ministerio accedió al registro tras recibir el titular de interior, José Barrionuevo, una carta firmada por 42 personalidades, en la que le solicitaban una resolución “más conforme con nuestra Constitución y con los hábitos de un país democrático”. Entre los firmantes figuraba el miembro del Consejo General del Poder Judicial Perfecto Andrés Ibáñez.
El 31 de mayo de 1985 muere Carlos Gómez Blázquez en el hospital Marqués de Valdecilla, según el testimonio de su amigo Alberto Pico cumpliendo sus deseos de una muerte digna.
“En su último día va perdiendo consciencia. Siempre rodeado de familiares y amigos. Va muriendo lentamente. En la habitación se respira una profunda tristeza y un gran amor de los que rodean su cama en todo momento… Médicamente se ha hecho lo estricto para evitar sufrimientos. Creo se cumplió su deseo de morir con dignidad personal. A media tarde, descansa definitivamente”. (P.90)
Esto fue posible porque en el Hospital Valdecilla desde 1982 existía una Unidad de Paliativa. De hecho, era la primera creada en España, surgida por el empeño personal del jefe de oncología, Jaime Sanz Ortiz, y que no fue reconocida oficialmente por el centro hasta 1987. Se tendría que esperar a la década siguiente para que la sedación paliativa se generalizara por los hospitales españoles.
Todavía el camino por el reconocimiento legal del derecho a una “buena muerte” estaba lejos y lleno de escollos: en 1995 los jueces se la deniegan a Ramón Sampedro; ese mismo año la reforma del Código Penal tipifica como delito penal el auxilio al suicidio; en el año 2005 el doctor Luis Montes y su equipo del Hospital Severo Ochoa fueron denunciados anónimamente por “haber realizado más de 400 sedaciones irregulares con resultado de muerte”; la iglesia se ha posicionado con la eutanasia reiterativamente; cuando en 2018 se tomó en consideración la proposición de ley de regulación de la eutanasia, la cámara de representantes la había rechazado en dieciséis ocasiones desde 1994.
Finalmente, la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia fue publicada en BOE.
[1] AAVV. (1988): Carlos Gómez Blázquez. Santander, edición a cargo de los autores.