Terminada la Guerra Civil, la dictadura franquista necesitaba de forma urgente normalizar la actividad económica para asegurar la consolidación del Régimen por medio del control y sometimiento del movimiento obrero. Así lo expresaba el ministro de trabajo José Antonio Girón en 1951: “que de todos los esfuerzos realizados por el Régimen, incluyendo los más visibles y espectaculares a favor de la clase trabajadora, ninguno tan fatigoso, ninguno tan difícil como barrer la niebla en que las mentalidades de los trabajadores estaban sumidas”. Este esfuerzo se materializó a través del encuadramiento obligatorio y jerárquico de empresarios y trabajadores en el sindicato vertical, intentando encauzar el descontento dentro del ordenamiento franquista. La conflictividad laboral fue considerada como un delito de lesa patria y la lucha de clases un tabú en el imaginario patrio. En este periodo las relaciones laborales (salario y condiciones de trabajo) fueron reguladas a golpe de decreto por el Estado. La crisis de gobierno de 1956 fue la evidencia del fracaso económico de la autarquía. Franco incorporó a los tecnócratas del Opus Dei, con la misión de integrar la economía española en la Europa capitalista y aumentar la productividad industrial. Dentro de las reformas legales que se introdujeron se aprobó en 1958 la Ley de Convenios Colectivos, que autorizó a los empresarios y los representantes de los trabajadores a negociar las condiciones laborarles y los salarios en el seno del sindicato vertical, intentando recluir la conflictividad en la empresa y mejorar la productividad.  Poco después se modificó la Ley de Orden Público que rebajo a la consideración de delito grave los paros colectivos de trabajo. Las primeras elecciones sindicales bajo esta nueva coyuntura se celebraron en 1960.

Esto abrió una nueva etapa donde comunistas y católicos progresistas coincidieron en la negociación de los convenios colectivos. El origen de este cambio se forjó en la segunda mitad de los años cuarenta. El PCE (Partido Comunista de España) empezó a teorizar sobre la infiltración en el sindicato vertical como estrategia alternativa a la lucha armada, al tiempo que dentro de la iglesia organizaciones como la HOAC (Hermandad obrera de Acción Católica) y la JOC (Juventud Obrera Cristiana), influenciadas por el catolicismo social que se desarrollaba al otro lado de los Pirineos, se focalizaron en la dignidad y defensa de los trabajadores con la oposición de los sectores cercanos al Régimen.

El cambio de estrategia se materializaría por la infiltración en el sindicato vertical a través de las elecciones sindicales, lo que proporcionaba a los jurados de empresa cierta protección legal para negociar o, cuando esto no era posible, formando comisiones de obreros para negociar directamente con la empresa fuera de la estructura sindical, lo que exigía actuar colectivamente y de forma coordinada. Es difícil establecer con exactitud dónde surgió la primera comisión de obreros, la referencia más citada apunta a que se formó en la huelga de la mina La Camocha de 1957. Tenían un carácter ocasional, ya que se disolvían tras la finalización del conflicto, pero en los años siguientes los militantes más activos constituyeron las Comisiones Obreras de forma estable, caracterizada como un movimiento sociopolítico, que compaginaba el trabajo clandestino con la actividad de sus miembros dentro del sindicato vertical.

El origen de Comisiones Obreras en Cantabria hay que situarlo en 1964, según la tesis doctoral de Consuelo Laiz que se apoya en el testimonio de de Manuel Gómez Morante, que destaca el peso que tuvieron en su constitución los militantes que provenían de la HOAC y que organizarían a través de la Acción sindical de Trabajadores (AST)[1].

Al tiempo que se daban los primeros pasos en la nueva organización, estallaba la huelga en las fábricas que Nueva Montaña Quijano tenía en los Corrales Buelna y Santander, por la negativa de la empresa a seguir negociando el convenio colectivo. El 16 de mayo se produjo una huelga de brazos caídos, y ante las sanciones a miembros del Jurado de Empresa se declaró la huelga. Esta terminaría a los tres días con la aceptación de la empresa de parte de la tabla reivindicativa y la negativa a admitir a los 15 obreros despedidos, entre ellos varios representantes sindicales con la connivencia del sindicato vertical.

El régimen toleró inicialmente la actuación de las comisiones porque consideraba que podían ser absorbidas por el sindicato vertical. Pero las elecciones sindicales del otoño de 1966 pusieron en evidencia que el intento del régimen por encauzar el descontento dentro del ordenamiento franquista para despolitizar la conflictividad había fracasado. Las candidaturas impulsadas por Comisiones Obreras y otros movimientos opositores coparon una buena parte de los enlaces sindicales y jurados de empresa, lo que facilitó que a lo largo de 1966 y 1967 continuaran las reivindicaciones laborales, como las de Cuétara en Reinosa, SNIACE o la huelga de 6 días en la factoría de Standard Eléctrica en Maliaño, al ser excluida del convenio interprovincial y por exigir, infructuosamente, la readmisión de los despedidos.

El fin de la tolerancia hacia las Comisiones Obreras quedó de manifiesto cuando fueron declaradas ilegales por dos sentencias, de febrero y noviembre de 1967, del Tribunal Supremo, por considerarlas una filial del PCE. En estos años adquirió importancia dentro del movimiento obrero el papel de la Brigada Político Social como instrumento de la dictadura para controlar e identificar a los “cabecillas” y ponerlos a disposición del Tribunal de Orden Público especializado en la represión de los delitos políticos. A partir de 1968 también lo podría hacer a la jurisdicción militar tras la aprobación del Decreto-Ley 9/1968 de 16 de agosto, sobre represión del bandidaje y terrorismo al recuperar la tipificación del delito de rebelión militar para los “que por cualquier medio se unan, conspiren o tomen parte en reuniones, conferencias o manifestaciones” y los que secunden “los plantes, huelgas, sabotajes y demás actos análogos cuando persigan un fin político o causen graves trastornos al orden público”.

A lo largo de 1968 la Brigada Político Social realizó varias redadas, como las que se produjeron a la salida de una conferencia del Catedrático Eduardo Obregón sobre “Ateísmo marxista” en los locales de la HOAC, o las del 1º de mayo, de las que ya hablamos en un anterior “documento del mes”. Pero la de mayor trascendencia vino en noviembre, a colación de la  puesta en marcha de la operación para desarticular al movimiento obrero que permanecía activo en Cantabria. Esta recibió el nombre de HOPARCO[2], curiosa denominación que hace referencia a las organizaciones de las que procedían los 47 supuestos militantes de las Comisiones Obreras: HOAC y PCE. La redada se desarrolló desde el 14 al 27 de noviembre en el eje industrial de la región (Santander, Torrelavega, Los Corrales de Buelna y Reinosa), ámbito dónde se había desarrollado la mayor conflictividad laboral. Se les acusó de asociación ilícita por la pertenencia a Comisiones Obreras y al PCE, y de propaganda ilegal. En la operación quedó desmantelado el aparato de propaganda del PCE, que estaba ubicado en la casa que Veridiano Rojo y Carmen Zapata tenían en Cueto (Santander), donde requisaron una máquina de escribir, una multicopista, así como el último número de Mundo Obrero del que tiraban trescientos ejemplares quincenalmente.

Los detenidos fueron saliendo en libertad escalonadamente a lo largo de los meses siguientes salvo Julio Vázquez, Joaquín Cuevas y Veridiano Rojo, que permanecieron en prisión a la espera de juicio. De hecho, la imagen que acompaña al texto corresponde a la concentración que el 1º de mayo de 1969 se celebró a la puerta de la Prisión Provincial de Santander dónde se reunieron más de cien personas como muestra de solidaridad con los seis militantes que todavía permanecían presos. Todos ellos comunistas.

Las hojas informativas de la Comisión Diocesana de la HOAC dieron cuenta de las detenciones y de los “malos tratos” que 17 de los detenidos recibieron en comisaría a base de puñetazos en la cara, los oídos y el cuerpo, golpes con objetos, patadas en los testículos, privación de sueño o de comida. Un mes después de las detenciones todavía no habían podido recibir la visita de sus abogados. En una hoja sin firmar se identifica a los responsables de las torturas como “miembros de la Brigada político-social Sres. Solar, Cuervo, Haya, Cabezas”. Las secuelas físicas que dejaron en las torturas en Veridiano Rojo (policía local en Santander) permitieron que varios de los policías de la Brigada Político Social fueran denunciados y condenados en junio de 1970 a varios meses de suspensión de empleo.

El 30 de noviembre el Obispo Santander José Mª Cirarda publicaba una nota de prensa en defensa de los militantes de la HOAC:

“En toda alegación no probada de filiación comunista contra un cristiano y, consiguientemente, contra un hoacista puede ser una calumnia vindicable. No tengo detalles de los delitos que pueden alegarse contra dichos militantes. Y no puedo formar juicios. Pero nobleza me obliga a manifestar que, conociendo personalmente a muchos de ellos, y sabiendo de su calidad cristiana, me asista mucho pensar que hayan llegado a cometer actos contrarios contra la doctrina social cristiana.”

 

La nota continuaba dirigiéndose a las autoridades:

“Toda propagación de tales rumores no fundados debidamente puede ser grave calumnia contra la autoridad, porque toda autoridad está obligada a conformar su conducta con las normas de la recta razón y de la doctrina cristiana, que obligan a respetar siempre la dignidad de todos los hombres, sean de una u otra ideología, estén detenidos o libres. El Concilio llega a llamar “infamantes” todas las prácticas que violan física o normalmente la integridad de la persona humana.”[3]

Desde el Gobierno Civil se dirigió el expediente a la jurisdicción militar en virtud del Decreto-Ley 9/1968, pero ésta, a pesar que desde las últimas disposiciones normativas también eran competentes para juzgar este tipo de delitos, lo trasladó al Tribunal de Orden Público. Se nos escapan las razones jurídicas, quizá el posicionamiento del Obispo tuviera algo que ver en esta decisión. El 22 de mayo de 1971 el Tribunal de Orden Público dictó sentencia y como era de esperar las condenas más duras recayeron en los militantes comunistas al sumarse las penas por asociación ilícita y propaganda ilegal, que llegaron hasta los 8 años y 4 meses de prisión. La mayor parte de los miembros de la HOAC quedaron absueltos al no haberse podido demostrar su pertenencia a las Comisiones Obreras.

Esta operación puede encuadrarse dentro del recrudecimiento de la represión del Régimen ante la constatación de que su proceso de “apertura” controlada había fracasado, no habiendo conseguido neutralizar la organización del movimiento obrero dentro del sindicato vertical, y viendo como las comisiones obreras estaban copando la estructura sindical e impulsando los conflictos colectivos, al tiempo que el movimiento estudiantil revitalizaba la oposición política al franquismo.  La JOC y la HOAC entrarían en crisis por el enfrentamiento a nivel nacional de dos visiones contrapuestas por las críticas de la jerarquía eclesiástica a la participación de militantes en movimientos clandestinos, lo que provocaría un gran debilitamiento de estas organizaciones y el trasvase de parte de su militancia hacia organizaciones políticas clandestinas como el PCE o la ORT, que se formó a partir de AST, que como vimos más arriba, compartieron espacio dentro de Comisiones Obreras con el objetivo común de debilitar la dictadura y adelantar su final.

 

[1]  Manuel fue uno “de los siete responsables de las CCOO de Cantabria (cinco eran de AST, uno del PCE y otro sin filiación) al constituirse éstas en 1964 y posteriormente se ocupó de la coordinación con la Coordinadora General de CCOO. Asistió al acto de creación de la Coordinadora Estatal de CCOO (Torrelodones, Madrid, 1966)”. Laiz Castro, C. (1993): La izquierda radical en España durante la transición a la democracia. [Tesis doctoral]. Universidad Complutense. Consultada en https://eprints.ucm.es/4115/1/T18924.pdf

[2] Argos, J.C. y Gómez, J. E. (1982): Movimiento Obrero en Cantabria 1955-1977. Puntal Libros, Santander.

 

[3] PUEBLO (30/11/1968): Exhortación de Monseñor Cirarda sobre detenciones practicadas en Santander.  Consultado en   https://linz.march.es/Documento.asp?Reg=R-44765